Una aduana es una oficina pública de
constitución fiscal situada en puntos estratégicos, por lo general en costas y
fronteras Encargada del control de operaciones de comercio exterior, con el
objetivo de registrar el tráfico internacional de mercancías que
se importany exportandesde un
paísconcreto, y
cobrar los impuestos que establezcan las aduanas, se podría afirmar que las
aduanas fueron creadas para recaudar dicha tributación, y por otro lado regular
mercancías cuya naturaleza pudiera afectar la producción, la salud o la paz de
la nación.
Asimismo, en determinados países la aduana no solo
se limita al control de las mercancías, sino que en ella también se regula el
tráfico de personaso bien al control de capitales.
Misiones de la aduana
Podemos englobar las misiones
que desarrollan los organismos de control aduaneros en las siguientes:
· Fiscal: Mediante la aplicación de determinados
derechos de importación/exportación (aranceles) a la introducción o salida de las mercancías.
· Seguridad: Íntimamente ligada con la anterior
evita el fraude aduanero y lucha contra el contrabando (ya sea de drogas, armas, patrimonio histórico,
etc.)
· Salud pública: Controla la entrada de animales,
alimentos, residuos tóxicos, etc. que podrían suponer un peligro para la salud
pública de los civiles.
· Estadística: Elaboran estadísticas de comercio
exterior.
Funcionamiento
Toda importación o exportación
de mercancías está sometida a un despacho aduanero en el que puede ser exigido
el pago de un derecho aduanero. El derecho de aduana recibe el nombre de aranceladuanero.
A nivel mundial la inmensa mayoría de los países utilizan el Sistema Armonizado para la Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de
Aduanaspara clasificar
las mercancías y determinar los derechos aplicables a cada una de ellas. Estos
derechos son de uso exclusivo de los gobiernos, y suponen una provechosa fuente
de ingresos para la hacienda pública.
Los derechos de aduana se
ejercen sobre los productos extranjeros que entran al país, sobre los que salen
del país, o sobre los que proceden del exterior y pasan interinamente los
puertos nacionales a modo de reexportación. Con la finalidad de proteger la
producción nacional mediante el encarecimiento a través de estos impuestos de
las mercancías extranjeras. Con ello se favorece al producto nacional ponga
freno al extranjero, dado que parte en condiciones más ventajosas a la hora de
ofrecer un precio más competitivo en el mercadointerno.
Esta protección, llevada al extremo, es conocida como proteccionismo.
La aduana mexicana
Actualmente en la aduana no
sólo se devenga y exige el pago de los aranceles, sino también las
restricciones y regulaciones no arancelarias, las cuales se aplican en casos de
practica desleal de Comercio Exterior (discriminación de precios, subvenciones,
entre otros), así como también el impuestos
indirectos sobre el consumo (valor añadido) o sobre consumos específicos (accisas).
Agente de aduana
El agente de aduana es la persona natural o jurídica, debidamente autorizada por
las respectivas autoridades aduaneras, que actúa ante los organismos
competentes (aduanas,ministerios, y demás entes privados o públicos) en nombre y por cuenta
de un tercero que contrata sus servicios y le otorga un poder autentificado y
permanente, en los trámites de una operación de importación,exportacióno tránsito.
Según diversas legislacionesse constituye como un auxiliar de la administración
aduanera.
Dicho término de agente de
aduana es aplicable en Venezuela, España, Centroamérica y otros países de la región latinoamericana. En México se llaman
agentes aduanales, y cumplen el mismo propósito de representar al importador o
exportador ante la administración pública. Es la persona física autorizada por
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante una patente, para
promover por cuenta ajena del despacho de las mercancías, en los diferentes
regímenes aduaneros previstos en esta Ley Aduanera Mexicana.
En Méxicola
administración General de aduanas es una entidad del gobierno federal
dependiente del Servicio de Administración Tributaria (en adelante, SAT),
órgano desconcentrado de la SHCP, cuyas principales funciones son fiscalizar,
vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías, así como los medios en que
son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones que en
materia de comercio exterior haya expedido tanto la SHCP como otras secretarias
del Ejecutivo Federal con competencia para ello; ayudar a garantizar la
seguridad nacional; proteger la economía del país, la salud pública y el medio
ambiente, impidiendo el flujo de mercancías peligrosas o ilegales hacia el
territorio nacional, además de fomentar el cumplimiento voluntario de esas
disposiciones por parte de los usuarios. [1]
Despacho aduanero
El conjunto de actos y
formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su
salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes
aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana
las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios,
poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las
exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales.
Por actos se entiende a la
internación de las mercancías a los patios de la Aduana (Recinto Fiscal) y
presentación de mercancías con el pedimento correspondiente (habiendo el hecho
el pago previo de las contribuciones y cuotas compensatorias) en el Módulo de
Selección Automatizada; el cual determinará o desaduanamiento libre (verde) o
reconocimiento aduanero (rojo). De conformidad con lo dispuesto en el Manual de
Operación Aduanera, el llamado “Desaduanamiento libre “ indicara que la
mercancía no se someterá al reconocimiento, por lo que se permitirá su paso
para que se dirija al “segundo sistema de selección automatizado” (Anexo 14)
para verificar dicho resultado, después de lo cual sin mas tramites se
permitirá la salida hacia su destino.
El reconocimiento aduanero,
consiste en el examen de las mercancías de importación o de exportación, así
como de sus muestras, para allegarse de elementos que ayuden a precisar la
veracidad de lo declarado, se realiza en dos estalas (Art. 43 y 44): 1a.-
Revisión de los documentos presentados para el despacho Pedimentos y anexos
2a.- Examen físico de las mercancías, así como de las muestras, en términos del
Art. 66 del RLA, para allegarse de elementos que ayuden a precisar la veracidad
de lo declarado respecto de (Art. 44 L.A. Y 67 RLA) La cantidad (unidades de
medida, numero de piezas, volumen y otros datos La identificación (descripción,
naturaleza, estado, origen y demás características). El examen de mercancías no
excederá de 3 horas, contadas del momento en que las mercancías se encuentren a
disposición del encargado del reconocimiento aduanero. El reconocimiento
aduanero tendrá entre otros, el propósito de determinar si existen elementos
suficientes para presumir que el valor declarado corresponde o no al valor en
aduana.. Concluido el reconocimiento se deberá de activar nuevamente el
mecanismo, el cual determinara si las mercancías se sujetan a un segundo
reconocimiento por los dictaminadores aduaneros.
Obligados a cumplir la Ley Aduanera mexicana
Quienes están obligados a
cumplir con disposiciones establecidas por la leyes aduanales de cada país son
(con fundamento en la ley aduanera mexicana:
· Los administradores de
puertos, aeropuertos o terminales ferroviarias.-los cuales ponen a disposición
de la autoridad aduanera las instalaciones adecuadas para que se realice el
despacho aduanero de mercancías, así como todo el equipo necesario para su
revisión (artículo 4 de la Ley Aduanera).
· Transportistas.- que
trasladan mercancía de comercio exterior, por los informes que deben transmitir
a la autoridad aduanera, por los registros que deben tener en el caso del
régimen de tránsito interno o internacional y los plazos que deben de cumplir
para el traslado de mercancía. (Artículos 7, 20 y 129 de la Ley Aduanera,
artículo 170 del Reglamento de la Ley Aduanera).
· Recintos Fiscalizados.-
Respecto de la obligación de manejar, custodiar y almacenar la mercancía de
comercio exterior, y de mantener las instalaciones y equipo necesarios para
asegurar el control de las mismas. (Artículos 15 y 26 de la Ley Aduanera).
· Empresas autorizadas para la
prestación de procesamiento de datos, en forma específica las empresas
encargadas de la prevalidación y validación de la información contenida en el
pedimento de importación o exportación (Artículos 16, 16-A, 16-B de la Ley
Aduanera).
· Dictaminadores.- Personas
autorizadas por la Secretaría para la revisión y glosa de los documentos en el
segundo reconocimiento, siempre y cuando cumplan con los requisitos que dicha
institución señala. Son responsables de las irregularidades que cometan en el
dictamen que elaboren con motivo del segundo reconocimiento respecto a las
unidades de medida señaladas en las tarifas de las leyes de los impuestos
generales de importación o exportación, así como el número de piezas, volumen y
otros datos que permitan cuantificar la mercancía, como también, la
descripción, naturaleza, estado, origen y demás características de las mismas,
finalmente los datos que permitan la identificación de las mercancías en su
caso. (artículos, 43, 44, 174 y 175 de la Ley Aduanera).
· Instituciones Financieras
(Bancos).- respecto a la recepción del pago de las contribuciones causadas por
concepto de la importación o exportación de mercancía, por el manejo de Cuentas
Aduaneras de Garantía. (Artículos 83, 84-A, 86, 86-A de la Ley Aduanera).
· Almacén General de Depósito.-
Como receptor de mercancía bajo el régimen de Depósito Fiscal, es responsable
de los impuestos al comercio exterior, cuotas compensatorias, así como de las
medidas de transición y demás contribuciones que se difieren en su pago bajo
este régimen aduanero. (Artículos 53, 119, 120 de la Ley Aduanera).
· Agentes Aduanales y sus
mandatarios.- Que realizan el despacho de la mercancía en representación del
contribuyente que les otorga el mandato. Este es uno de los actores más
relevantes del comercio exterior ya que funge como“representante legal” del
importador o exportador ante la aduana y son sus responsabilidades: (artículos
40, 41, 53, 54, 81, 91, 159, 160, 162, 163, 164, 165). Es la persona física
autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante una
patente, para promover por cuenta ajena del despacho de las mercancías, en los
diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.
· El apoderado aduanal es la
persona física que haya sido designada por otra persona física o moral para que
en su nombre o representación se encargue del despacho de mercancías. El
apoderado aduanal promoverá el despacho ante una sola aduana, en representación
de una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por los actos de
aquél (Artículo 168 de la Ley Aduanera).
· Residentes en territorio
nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las
personas físicas o morales residentes en el extranjero, que tengan uno o varios
establecimientos permanentes o bases fijas en el país y las personas físicas
que obtengan ingresos por salarios de un residente en territorio nacional.
· Autoridad o autoridades
aduaneras, las que de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y demás disposiciones aplicables, tienen competencia
para ejercer las facultades que establece la legislación aduanera.
· Pasajeros Internacionales, se
considera pasajero toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior
a su llegada al país o al transitar de la franja o región al resto del
territorio nacional (R.G. 2.7.1.) Cuando el arribo sea por vía marítima o aérea
podrán introducir mercancías con valor hasta de 300 dólares (R.G. 1.10). Cuando
el arribo sea por vía terrestre la introducción de mercancías podrá ser hasta
por 50 dólares. No se puede introducir al amparo de estas franquicias cervezas,
bebidas alcohólicas y tabacos labrados, ni combustible automotriz, salvo el que
se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las
especificaciones del fabricante.
ALUMNA: ZUHAILA BELEN GARCIA JIMENEZ
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